El 3 de agosto, los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) anunciaron una nueva moratoria a nivel nacional sobre ciertos desalojos, dirigida a las comunidades con altos niveles de transmisión de COVID-19 como respuesta a la cepa Delta, la variante más contagiosa. Esta nueva moratoria se emitió después de que la moratoria original, aprobada en septiembre de 2020 y prorrogada en varias ocasiones, venciera el 31 de julio. La nueva moratoria debería mantenerse en vigor hasta el 3 de octubre de 2021, aunque es probable que sea impugnada en los tribunales.
La orden se aplica a las zonas con riesgo “sustancial” y “alto” de transmisión de COVID, que actualmente incluye las 64 comarcas de Luisiana. Es posible que haya cambios en las comunidades en las que se aplica la orden, conforme vayan variando los índices de transmisión en cada comunidad. Puede consultar los niveles actuales de riesgo de transmisión aquí.
Esta orden de los CDC es una respuesta a la crisis de vivienda causada por la pérdida de ingresos debido a COVID-19. Según la orden, los propietarios no podrán desalojar a sus inquilinos si no son capaces de pagar el alquiler.
¿Quién está protegido bajo la moratoria de los CDC?
La moratoria de desalojos aplica a las viviendas de alquiler en todo el país, sin importar si la vivienda es de propiedad pública o privada. No aplica a los hoteles o moteles. Para ser “protegido” por la moratoria, usted debe cumplir los siguientes 6 requisitos:
1. Ganó menos de $99.000 en el año calendario 2020 (o $198.000 si está casado/a y presenta una declaración de impuestos conjunta), o espera ganar menos de $99.000 en el año calendario 2021 (o $198.000 si está casado/a y presenta una declaración de impuestos conjunta), no tuvo que pagar impuestos en el año 2020, o recibió un cheque de estímulo federal.
2. Vive en una comarca (o condado) con un índice considerable o elevado de transmisión comunitaria de COVID-19;
3. No puede pagar el alquiler porque perdió ingresos o debido a los altos costos médicos que debe pagar de su bolsillo.
4. Hizo todo lo posible para obtener ayuda para pagar el alquiler de agencias gubernamentales.
5. Es probable que quede sin hogar o deba mudarse con alguna amistad u otro miembro de familia si lo desalojaran.
6. Continuará pagando lo más que pueda de alquiler, de acuerdo con sus circunstancias.
¿Qué medidas tengo que tomar para estar protegido/a?
Si cumple con las condiciones previamente mencionadas, usted debe firmar y enviar una declaración al propietario. TENGA EN CUENTA: Hay disponible una versión actualizada de la declaración que establece que la moratoria se ha vuelto a prorrogar. Aunque ya haya entregado un formulario de declaración firmado al propietario de la vivienda, no es mala idea completar y enviar también este nuevo formulario. Siempre asegúrese de tener un comprobante de que envió la declaración:
● Tome una foto de la declaración, envíela como un mensaje de texto y luego haga una captura de pantalla del mensaje de texto.
● Tome foto o escanee la declaración y envíela como mensaje de correo electrónico y luego imprima el correo electrónico antes de presentarse en el tribunal.
● Haga una copia para usted mismo/a y envíe la declaración por correo certificado.
● Haga una copia para usted mismo/a y cuando le entregue al propietario el original, pídale que firme la copia para indicar que la recibió.
Esta declaración incluye una sección en la segunda página donde usted puede certificar que envió la declaración y la fecha en la que la envió.
Si ya envié una declaración de moratoria sobre el desalojo al propietario de la vivienda, ¿debo presentar otra debido a la nueva prórroga?
Le recomendamos que complete y envíe la versión actualizada del formulario de declaración.
¿Cuándo debo enviar la declaración?
Usted puede enviar la declaración en cualquier momento durante el proceso de desalojo, pero lo mejor es enviarla en cuanto sepa que se va a atrasar con el pago del alquiler. Es posible que la declaración no disuada al propietario de enviarle un aviso de desocupación o de solicitar una orden de desalojo ante el tribunal, pero los CDC declaran que el propietario puede ser penado con multas o encarcelamiento por cualquier medida que tome que pueda desalojarlo de su hogar. Si usted envía la declaración y el propietario/a sigue adelante con alguna de estas medidas, llame a la línea de ayuda de Servicios Legales por COVID-19 de Southeast Louisiana (SLLS, por sus siglas en inglés) al 1-844-244-7871 para obtener asistencia legal gratis en su área o comuníquese con nosotros al 1-877-445-2100.
¿Esto quiere decir que el alquiler está cancelado hasta octubre?
No. Usted sigue siendo responsable de pagar la totalidad del alquiler que debe y el propietario puede intentar cobrar el pago por el alquiler a partir del 4 de octubre de 2021. Usted también es responsable de pagar la mayor cantidad de alquiler posible, aunque no pueda pagar la cantidad completa. El propietario puede cobrar cargos por retrasos en el pago y otras multas, pero no podrá ejecutar dichas multas hasta el 4 de octubre de 2021.
**NOTA: Si está buscando asistencia para el alquiler, haga clic aquí para obtener una lista de los programas de asistencia para el alquiler que pueden estar disponibles en su área. Comuníquese directamente con los programas para obtener más información sobre sus requisitos de elegibilidad, el proceso de solicitud y la disponibilidad de sus fondos.
¿Me pueden desalojar por otro motivo que no sea no haber pagado el alquiler?
Sí, la orden de los CDC dice que usted puede ser desalojado/a por:
● Participar en actividad delictiva en la propiedad.
● Poner en riesgo la salud o seguridad de otros residentes (tener COVID-19 y tomar precauciones razonables para proteger a los demás no puede considerarse como un riesgo para la salud ni la seguridad).
● Dañar o plantear riesgo de daños inmediatos y significativos a la propiedad.
● Incumplir cualquier código del edificio, ordenanza de salud o norma similar en relación con la salud o seguridad.
● Incumplir cualquier otro requisito de arrendamiento aparte del pago del alquiler. La orden no establece si usted puede ser desalojado/a porque su contrato de arrendamiento ha terminado y el propietario elige no renovarlo. Sin embargo, muchos jueces han permitido que el proceso de desalojo continúe en estos casos. Si usted está siendo desalojado/a por un contrato de arrendamiento que no se renovó, es muy importante que el abogado que lo represente ante el tribunal esté familiarizado con la orden de los CDC. Llame a la línea de ayuda de SLLS COVID-19 al 1-844-244-7871 o comuníquese con nosotros al 1-877-445-2100.
¿Qué pasa si el propietario me desaloja de todas maneras?
Tenga en cuenta que un desalojo solo se considera legal si llega al tribunal y lo ordena un juez. Si el propietario cambia las cerraduras, pone sus pertenencias en la calle o lo desaloja sin la orden de un juez, se considera un desalojo ilegal. Bajo la moratoria de los CDC, el propietario también puede enfrentar sanciones penales si intenta desalojarlo por no haber realizado el pago del alquiler. Si el propietario le envía un aviso para desocupar o cualquier otra forma de comunicación con amenaza de desalojo, o intenta desalojarlo/la, llame a la línea de ayuda de SLLS COVID-19 al 1-844-244-7871 o comuníquese con nosotros al 1-877-445-2100. Puede leer la declaración de los CDC en su totalidad aquí.
**La información en este blog es solo para propósitos de información y no es consejo legal. Usted debe contactar un abogado para obtener consejos sobre un asunto o preocupación particular**