Ley para la vivienda justa

¿Qué es la Ley para la vivienda justa?

El Título VIII de la Ley de derechos civiles de 1968, comúnmente conocida como Ley para la vivienda justa, se aprobó el 11 de abril de 1968. La legislación estaba pendiente en el Congreso desde hacía varios años, aunque fue el asesinato del Dr. Martin Luther King, Jr. lo que motivó al Congreso a aprobar la promulgación de esta ley siete días después de su muerte. La Ley para la vivienda justa de 1968, modificada en 1988 (42 U.S.C. ¤ 3601 y siguientes), la Ley de derechos civiles de 1866 (42 U.S.C. ¤ 1981, 1982) y cuatro dictámenes de la Corte Suprema de Justicia constituyen la base jurídica del movimiento para la vivienda justa. Estas leyes prohíben toda discriminación por motivos de raza en materia de vivienda y ofrecen protección a otros grupos que deseen alquilar o comprar una vivienda, obtener un préstamo hipotecario o contratar un seguro para propietarios de viviendas.

Estas leyes también protegen a las personas contra el acoso en la vivienda y también amparan a quienes ayudan a otros a ejercer su libertad de elegir el vecindario donde vivir.

La Ley para la vivienda justa prohíbe la discriminación por motivos de raza color, religión, sexo (que puede incluir orientación sexual o identidad de género), discapacidad o situación familiar (tener hijos) y/o nacionalidad. Estas bases de protección se denominan comúnmente clases protegidas. Además de estas clases explícitamente protegidas por las leyes federales, existen otras características que también pueden estar protegidas, ya que la discriminación puede producir un claro impacto desfavorable en alguna de estas clases desprotegidas. Por ejemplo, una política discriminatoria contra las personas supervivientes de la violencia doméstica tendrá sistemáticamente un impacto injusto por motivos de sexo, ya que la mayoría de estas personas son mujeres. Del mismo modo, una política demasiado amplia para la investigación de antecedentes penales tendrá un impacto dispar basado en la raza y la nacionalidad, ya que las personas de raza negra y los latinos están sobrerrepresentados en el sistema de justicia penal.

La Ley federal para la vivienda justa enumera una serie de acciones y prácticas ilegales cuando se considera que discriminan o causan discriminación contra un miembro de una clase protegida. Se considera ilegal:

  • Negarse a vender o alquilar una propiedad a una persona por pertenecer a una clase protegida.
  • Discriminar en los términos, condiciones y/o privilegios de venta o alquiler por pertenecer a una clase protegida.
  • Discriminar en la publicidad, en particular, efectuar, imprimir, publicar o hacer que se efectúe, publique o imprima, cualquier aviso, declaración o anuncio que indique algún tipo de preferencia, limitación o discriminación por pertenecer a una clase protegida.
  • Distorsionar la disponibilidad de viviendas por el hecho de que la persona pertenece a una clase protegida.
  • Organizar acoso inmobiliario (blockbusting) o maniobras de redireccionamiento (steering). El acoso inmobiliario está diseñado para sembrar el pánico entre los integrantes de un vecindario diciéndole a un grupo homogéneo de la comunidad que otros como ellos van a mudarse ya que un grupo perteneciente a una clase protegida se está instalando en el vecindario y, por lo tanto, está cambiando o destruyendo el vecindario y la comunidad. Las maniobras de redireccionamiento se producen cuando los proveedores de viviendas dirigen a los inquilinos o compradores a un vecindario específico debido a su pertenencia a una clase protegida.
  • Negarse a aceptar personas con discapacidades al no permitirles realizar adaptaciones razonables en la vivienda.
  •  Discriminar a la hora de conceder préstamos para transacciones inmobiliarias, incluyendo la compra, construcción, mejora, reparación y/o mantenimiento de una vivienda.
  • Coaccionar, intimidar, amenazar o interferir con el ejercicio o goce del derecho a una vivienda justa de cualquier persona o de otros individuos que hayan colaborado o fomentado el ejercicio o goce de este derecho.

La Ley de derechos civiles de 1866 otorgó a los ciudadanos de raza negra los mismos derechos que a los ciudadanos de raza blanca en materia de herencia, venta, arrendamiento, tenencia y transmisión de bienes muebles e inmuebles. La Ley de 1866 fue ratificada por la Corte Suprema de Justicia en 1968 en el caso Jones contra Mayer (392 U.S. 409). En el caso Trafficante contra Metropolitan Life Insurance Co. y otros (409 U.S. 205, 1972), se dictaminó que los inquilinos de raza blanca de un complejo de apartamentos estaban legitimados para demandar al complejo por discriminar a las personas que no eran de raza blanca. Se determinó que los inquilinos de raza blanca eran personas perjudicadas en virtud de la Ley para la vivienda justa, puesto que se les negaba las ventajas y oportunidades sociales inherentes a la vida en una comunidad integrada. La Corte Suprema de Justicia consideró la problemática de los profesionales inmobiliarios que redireccionaban a los futuros compradores de vivienda a distintos vecindarios por motivos de raza en el caso Gladstone Realtors contra Village of Bellwood (441 U.S. 91, 1979). Se dictaminó que dicha redirección por motivos de raza es ilegal. Se concedió a Village of Bellwood y sus residentes legitimación para demandar por haber sido privados de los beneficios sociales y profesionales inherentes a la vida en una sociedad integrada, lo que se consideró [eran] alegatos de perjuicio suficientes en los casos de vivienda justa.

La Corte Suprema de Justicia analizó en 1982 el caso Havens contra Coleman (455 U.S. 363). El caso constituyó un hito importante para los defensores de la vivienda justa, ya que se avaló la realización de "pruebas" y se determinó que los evaluadores están legitimados para demandar. Asimismo, se dictaminó que los centros de vivienda justa también están legitimados para demandar cuando las acciones discriminatorias de un demandado socavan las actividades del centro.

Si bien muchos estados y municipalidades han promulgado leyes para la vivienda justa y varios tribunales de primera instancia han dictado numerosas sentencias importantes en relación con este tema, esto no constituye en modo alguno una recopilación exhaustiva de las leyes en materia de vivienda justa.Sin embargo, aporta una noción básica necesaria para comprender cómo la discriminación en materia de vivienda amenaza la igualdad de oportunidades y la libertad de elección en Nueva Orleans.

Para obtener más información sobre nuestro programa para el cumplimiento de la ley y otras medidas de protección en la Parroquia Orleans aqui.

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